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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277439
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Quinta Parte; Pág. 278
VETERANOS DE LA REVOLUCION. LEY EN FAVOR DE LOS (ASCENSOS).
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Quinta Parte; Pág. 278
La interpretación correcta de los artículos 10 y 14 de la Ley en Favor de los Veteranos de la Revolución es en el sentido de que por el solo hecho de haber desempeñado un puesto técnico o administrativo por más de dos años, tendrán por demostrada y reconocida su eficacia, lo que sólo puede entenderse respecto al puesto desempeñado: quedando en consecuencia eximidos de sustentar los exámenes periódicos que establece el Estatuto de los Trabajadores al Servicio del Estado en el inciso d), fracción I de su artículo 41, como medio de comprobar el mantenimiento de la aptitud de los empleados, más no puede estimarse que también los exima de acreditar su eficiencia, en puestos superiores que pretendan obtener en vía de ascenso, porque desde luego, si no los han desempeñado, supuesto del que parte el artículo 14 de la Ley en Favor de los Veteranos de la Revolución, éste no puede tener aplicación, luego la eficiencia deberá acreditarse en el concurso ordenado por el Estatuto Jurídico.
Precedentes
Amparo directo 4254/57. Secretario de Hacienda y Crédito Público. 6 de junio de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente y ausente: Luis Díaz Infante.
Sexta Epoca, Quinta Parte:
Volumen IV, página 114. Amparo directo 3718/56. Luis Torres González. 23 de octubre de 1957. Cinco votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.
Nota: En el Volumen IV, página 114, la tesis aparece bajo el rubro "VETERANOS DE LA REVOLUCION, ASCENSOS DE LOS (EXAMENES DE COMPETENCIA).".