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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277449
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XI, Quinta Parte; Pág. 56
CONTRATO TIPICO DE TRABAJO, CARGA DE LA PRUEBA.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XI, Quinta Parte; Pág. 56
Si la demandada reconoce la existencia de nexo laboral, pero niega el derecho a lo reclamado, aduciendo que los trabajadores fueron ocasionales o eventuales, le corresponde a dicha parte probar las condiciones en que dijo se prestaban los servicios, ya que el principio general que rige en nuestra ley laboral es el de que todo contrato de trabajo se presume por tiempo indefinido.
Precedentes
Amparo directo 2821/56. Alfonso Sierra Castañeda y coagraviados. 8 de mayo de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen III, Quinta Parte, página 45, tesis de rubro "CONTRATO DE TRABAJO, DURACION DEL.".