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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277456
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XI, Quinta Parte; Pág. 92
IMPROBIDAD DEL PATRON.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XI, Quinta Parte; Pág. 92
El hecho de que la empresa haya ocupado los servicios de un detective privado para investigar los robos entre empleados, ni constituye una conducta torpe del patrón ni puede estimarse apartada de la rectitud y cumplimiento del deber, pues tales circunstancias ocurrirían si el patrón por otros medios reprobables practicara tal investigación, pero al haber ocurrido a un técnico o experto para que la realizara no puede ser constitutivo de la falta de probidad que invoca la quejosa.
Precedentes
Amparo directo 5619/56. María Guadalupe García González. 7 de mayo de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Díaz Infante. Ponente: Mario G. Rebolledo F.