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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277459
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XI, Quinta Parte; Pág. 111
PRESUNCIONES HUMANAS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XI, Quinta Parte; Pág. 111
Para que pueda establecerse el enlace de los hechos es necesario que exista el indicio cierto de ellos, que debe estar en relación tan íntima uno de otro, es decir, de la verdad conocida y la que se busca, de tal manera que la conclusión no pueda ser otra que la natural y lógica que se derive de tal relación.
Precedentes
Amparo directo 5619/56. María Guadalupe García González. 7 de mayo de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Díaz Infante. Ponente: Mario G. Rebolledo F.