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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277475
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen X, Quinta Parte; Pág. 59
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO CELEBRADO POR ERROR O DOLO, NULIDAD DEL.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen X, Quinta Parte; Pág. 59
Aun suponiendo que el contrato individual hubiera sido celebrado con un trabajador con dolo o error de la sección sindical que lo propuso, el camino para terminar sus efectos no puede ser un convenio celebrado entre empresa y sindicato, sino el del juicio laboral respectivo demandando la nulidad del mismo. En consecuencia, el convenio de referencia no podía servir de justificación para que la empresa diera por terminado el contrato del actor.
Precedentes
Amparo directo 3651/57. Petróleos Mexicanos. 21 de abril de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Arturo Martínez Adame. Ponente: Mario G. Rebolledo F.