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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277486
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen X, Quinta Parte; Pág. 70
DESPIDO, ELEMENTOS FUNDAMENTALES DE LA ACCION POR (CARGA DE LA PRUEBA).
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen X, Quinta Parte; Pág. 70
Cuando la demandada niega la existencia de los efectos del contrato de trabajo, en el tiempo en que afirma el actor fue despedido y este mismo en forma clara y categórica, manifiesta en su escrito de reclamación, haber estado fuera del servicio a partir de tal o cual fecha, por haber estado gozando de un permiso indefinido y que al regresar a sus labores fue cuando ya no se le admitió en la empresa, estos hechos vienen a formar parte de los elementos básicos de la acción ejercitada y que inevitablemente también corresponde probar al actor, o sea, en primer lugar, que solicitó el permiso para separarse temporalmente de su trabajo y, en segundo lugar, que le fue concedido dicho permiso en los términos que pretende. De no estimarse así por la responsable, tomando en cuenta que es el trabajador actor el que está obligado a probar los elementos fundamentales de su acción, viola en perjuicio de la demandada las garantías individuales consagradas en los artículos 14 y 16 constitucionales.
Precedentes
Amparo directo 2471/57. Camiones de los Altos, A. C. L. 17 de abril de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Díaz Infante.