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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277494
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen X, Quinta Parte; Pág. 85
INDEMNIZACION POR MUERTE DEL TRABAJADOR. CALCULO DE LA.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen X, Quinta Parte; Pág. 85
Cuando el salario se cubre por unidad de obra, la indemnización debe calcularse por el promedio de los salarios ordinarios devengados en el mes natural anterior al riesgo. En consecuencia, debe dividirse la cantidad percibida por el trabajador durante los 30 días anteriores a su fallecimiento, sin contar salarios extraordinarios, entre ese mismo número de días.
Precedentes
Amparo directo 1868/57. María Gutiérrez viuda de García y coagraviados. 17 de abril de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Díaz Infante.