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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277501
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen X, Quinta Parte; Pág. 100
PROBIDAD DEL TRABAJADOR, FALTAS DE. PRUEBA DE LAS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen X, Quinta Parte; Pág. 100
Dilucidar si tales o cuales hechos realizados por el trabajador constituyen faltas de honradez o si éste al verificarlos ejecutaba actos legítimos y consiguientemente lícitos, en su propio provecho y sin perjuicio de la empresa, sólo puede hacerse mediante la demostración de los términos exactos en que se verificó la contratación laboral, ya sea mediante el contrato escrito respectivo o por cualesquiera otros medios probatorios adecuados para la demostración correspondiente.
Precedentes
Amparo directo 4703/57. Carlos Elizondo Fragoso. 9 de abril de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Díaz Infante.