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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277507
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen X, Quinta Parte; Pág. 105
PRUEBAS DOCUMENTALES EXTEMPORANEAS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen X, Quinta Parte; Pág. 105
Si para declarar sin valor probatorio una testimonial, el laudo se apoya en documentos que se presentaron anexos al escrito de alegatos, sin que la Junta admitiera aquéllos con el carácter de para mejor proveer, de acuerdo con sus facultades legales, resulta ilegítimo apoyarse en tales pruebas documentales para desestimar la testimonial aludida, la cual habrá de apreciarse según las condiciones de los testimonios intrínsecamente considerados.
Precedentes
Amparo directo 1873/57. Paula Martínez Valdez. 9 de abril de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Díaz Infante.