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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277545
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen IX, Quinta Parte; Pág. 65
DOCUMENTOS PRIVADOS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen IX, Quinta Parte; Pág. 65
La prueba documental privada sólo constituye una testimonial irregular, que se perfecciona con la declaración del que autoriza el documento, mediante la ratificación correspondiente, de tal suerte que, si quien firma, en el momento de la diligencia reconoce esa firma, pero no el contenido del documento y manifiesta que lo firmó por encontrarse en estado de ebriedad, de ello resulta la invalidez de la prueba, porque se encuentra dentro de los extremos de una afirmación y una negación, lo que no puede conceptuarse como expresión de verdad o certeza.
Precedentes
Amparo directo 4634/57. Teodoro Cervantes. 10 de marzo de 1958. Cinco votos. Ponente: Luis Díaz Infante.