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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277547
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen IX, Quinta Parte; Pág. 65
DOCUMENTOS PRIVADOS PROVENIENTES DE LA PARTE QUE LOS OFRECE.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen IX, Quinta Parte; Pág. 65
No es exacto que la prueba de documentos provenientes de la misma parte que la ofreció, deba equipararse a una testimonial, pues tal equiparación sólo corresponde a los documentos provenientes de personas extrañas al juicio. Aquellos documentos, aun no siendo objetados, no pueden demostrar sino que en ellos se asienta tal o cual cosa; pero en manera alguna pueden acreditar la veracidad de su contenido, por lo que la Junta que les otorgue valor probatorio pleno, incurre en violación de lo dispuesto por el artículo 550 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Amparo directo 3178/57. Arturo Hernández. 3 de marzo de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agapito Pozo.