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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277566
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen IX, Quinta Parte; Pág. 128
REINSTALACION OFRECIDA POR EL PATRON. PRUEBA DE SU INCUMPLIMIENTO.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen IX, Quinta Parte; Pág. 128
Si negado el despido por parte del demandado y aceptada por el actor la reanudación del servicio, éste afirma que se negaron a recibirlo en la fuente de trabajo, a él le incumbe demostrar tal hecho, y si ninguna prueba rinde, debe absolverse al demandado, pues no basta que el actor acredite la relación de trabajo, ya que atenta la negativa de la demanda, le corresponde además acreditar los hechos constitutivos de sus acciones.
Precedentes
Amparo directo 890/57. Arnulfo Hurtado Bárcenas. 26 de marzo de 1958. Cinco votos. Ponente: Agapito Pozo.