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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277568
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen IX, Quinta Parte; Pág. 129
SALARIO, DETERMINACION DEL.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen IX, Quinta Parte; Pág. 129
Aun cuando el pago de determinada cantidad mensual por tiempo extra fijo se haya cubierto durante varios años en forma ininterrumpida, ello no altera el concepto por el que se percibía, o sea, por tiempo extraordinario u ocasional, sin que pueda interpretarse que tal percepción formara parte integrante del salario ordinario, porque, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 86 de la Ley Federal del Trabajo, para fijar el salario se tomarán en consideración todas las ventajas económicas percibidas por el trabajador a cambio de su labor ordinaria.
Precedentes
Amparo directo 5221/57. Antonio Santander Díaz. 14 de marzo de 1958. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.