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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277576
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen IX, Quinta Parte; Pág. 141
TRABAJADORES DEL ESTADO, PRESCRIPCION DE LA ACCION DE REINSTALACION DE LOS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen IX, Quinta Parte; Pág. 141
La acción de los trabajadores al servicio del Estado para que se les reinstale en el puesto del que se les dio de baja, prescribe en un año, en términos de lo dispuesto por el artículo 86 del Estatuto Jurídico.
Precedentes
Amparo directo 3095/56. Gobernador del Territorio Sur de la Baja California. 13 de marzo de 1958. Cinco votos. Ponente: Agapito Pozo.
Sexta Epoca, Quinta Parte:
Volumen IV, página 98. Amparo directo 5848/56. Jefe del Departamento del Distrito Federal. 30 de octubre de 1957. Cinco votos. Relator: Mario G. Rebolledo F.
Volumen II, página 80. Amparo directo 3600/56. Jefe del Departamento del Distrito Federal. 30 de agosto de 1957. Cinco votos. Relator: Mario G. Rebolledo F.
Volumen II, página 80. Amparo directo 5488/56. Jefe del Departamento del Distrito Federal. 14 de agosto de 1957. Cinco votos. Relator: Mario G. Rebolledo F.
Nota: En el Volumen IV, página 98, la tesis aparece bajo el rubro "TRABAJADORES DEL ESTADO, PRESCRIPCION DE LAS ACCIONES DE LOS.".