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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277584
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen IX, Quinta Parte; Pág. 170
VACACIONES, DERECHO A LAS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen IX, Quinta Parte; Pág. 170
El derecho a disfrutar de vacaciones se configura, para los trabajadores, cuando hayan prestado servicios por más de un año. Por tanto, si los actores afirman en su demanda que venían laborando con seis meses de anterioridad, es indudable que no tienen derecho al pago de vacaciones.
Precedentes
Amparo directo 4634/57. Teodoro Cervantes. 10 de marzo de 1958. Cinco votos. Ponente: Luis Díaz Infante.