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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277591
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen VIII, Quinta Parte; Pág. 45
CLAUSULA DE EXCLUSION, APLICACION DE LA.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen VIII, Quinta Parte; Pág. 45
Aun en el caso de que el sindicato siga el procedimiento estatutario y la comisión de honor y justicia produzca un dictamen en que se proponga la expulsión de uno o varios miembros de la agrupación, mientras la medida no sea acordada por la mayoría de los agremiados que señala el artículo 246, fracción VII, de la Ley Federal del Trabajo, el mencionado dictamen resulta intrascendente.
Precedentes
Amparo directo 3956/56. Sindicato de Trabajadores de la Industria Textil "Juventud Obrera". 27 de febrero de 1958. Cinco votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen VII, Quinta Parte, página 33, tesis de rubro "CLAUSULA DE EXCLUSION, APLICACION DE LA.".