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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277602
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen VIII, Quinta Parte; Pág. 101
CONTRATOS DE APRENDIZAJE Y PARA OBRA DETERMINADA, PRUEBA DE LOS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen VIII, Quinta Parte; Pág. 101
Los contratos de aprendizaje y para obra determinada sólo pueden probarse por el contrato respectivo con exclusión de otro medio de prueba, a menos que se demuestre que existió y que se ha perdido o destruido, por lo que el laudo que, para absolver a la demandada, hace mérito de pruebas distintas de los contratos escritos, incurre en violación de los artículos 550 y 551 de la Ley Federal del Trabajo, pues la facultad que estos preceptos le confieren no la autoriza para tener por probado un hecho por medios distintos de aquellos que la ley expresamente señala como idóneos para hacerlo.
Precedentes
Amparo directo 202/57. Oscar Jeffery González y coagraviados. 14 de febrero de 1958. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.