Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/277604
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277604
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen VIII, Quinta Parte; Pág. 103
DEPENDENCIA ECONOMICA, PRESUNCION DE.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen VIII, Quinta Parte; Pág. 103
La presunción de dependencia económica del obrero muerto en accidente de trabajo, establecida en favor de las personas a que se refiere la fracción I del artículo 297 de la Ley Federal del Trabajo, solamente puede destruirse con prueba directa de la no dependencia.
Precedentes
Amparo directo 5546/56. María Torres. 20 de febrero de 1958. Cinco votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.