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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277617
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen VIII, Quinta Parte; Pág. 149
PRUEBAS, ESTUDIO INNECESARIO DE LAS. CONFESION.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen VIII, Quinta Parte; Pág. 149
Resulta inútil tratar de averiguar a través de otros medios de convicción un hecho claramente admitido, por lo que no es violatorio de garantías el laudo que omite hacer estudio pormenorizado de todas las pruebas rendidas por la demandada, si con la confesión contenida en los escritos presentados se demuestra claramente tal hecho.
Precedentes
Amparo directo 3180/57. México Watch Co., S. A. 27 de febrero de 1958. Cinco votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.