Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/277620
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277620
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen VIII, Quinta Parte; Pág. 153
REPLICA, DERECHO DE.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen VIII, Quinta Parte; Pág. 153
Siendo la réplica en el derecho común la actuación por la cual el actor contesta un escrito de contestación a la demanda, presentado por el demandado, y no existiendo este acto procesal en el derecho laboral, no tiene el reclamante por qué hacer manifestación alguna a lo contestado en la audiencia de demanda y excepciones.
Precedentes
Amparo directo 2390/55. Sindicato de Trabajadores en General de la Fábrica de Cementos Veracruz, S. A. 12 de febrero de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Mario G. Rebolledo F. Ponente: Luis Díaz Infante.