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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277642
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen VII, Quinta Parte; Pág. 34
COMISIONES, PAGO DE LAS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen VII, Quinta Parte; Pág. 34
Si el patrón demandado sobre pago de comisiones por ventas efectuadas, se excepciona objetando que la exigibilidad de aquéllas está condicionada a que los clientes paguen las facturas, pero sin hacer valer la falta de cumplimiento de tal condición respecto de las comisiones devengadas por el actor, la excepción resulta inoperante, por no haberse alegado la falta de pago de las mercancías por parte de los clientes.
Precedentes
Amparo directo 5615/56. Bardhal de México, S. A. de C. V. 6 de enero de 1958. Cinco votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.