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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277647
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen VII, Quinta Parte; Pág. 63
CONTRATO DE TRABAJO, NEGATIVA DEL.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen VII, Quinta Parte; Pág. 63
Si la demandada niega la existencia del contrato laboral, la Junta debe hacer un análisis detallado y pormenorizado de todas y cada una de las pruebas aportadas por la parte actora, expresando por qué tales probanzas acreditan los requisitos establecidos por el precepto legal invocado, para determinar la existencia de la relación laboral entre actor y demandado, y no puede dicha autoridad, por simples conjeturas y mencionado en conjunto las probanzas rendidas en el juicio, determinar el nexo de que se trata.
Precedentes
Amparo directo 6104/56. Prima Silva de Porras. 31 de enero de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.