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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277659
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen VII, Quinta Parte; Pág. 87
HORAS EXTRAORDINARIAS. JORNADAS DISTINTAS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen VII, Quinta Parte; Pág. 87
Si de las listas de raya aparece probado que el trabajador en múltiples ocasiones laboró en el primero y segundo turnos, percibiendo salario por cada uno de ellos, es claro que las horas trabajadas en el segundo turno, no pueden estimarse como trabajo extraordinario con relación al primero, por tratarse de jornadas distintas.
Precedentes
Amparo directo 2729/57. Lino Romero Juárez. 15 de enero de 1958. Cinco votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.