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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277665
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen VII, Quinta Parte; Pág. 98
LAUDOS INCONGRUENTES.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen VII, Quinta Parte; Pág. 98
Es a todas luces errónea y altera en forma incongruente la litis planteada la apreciación de una Junta que por una parte admite la existencia de un despido y, por otra, se abstiene de resolver respecto a si fue o no justificado, aduciendo que esta situación no fue objeto del debate, no obstante que el demandado opuso las excepciones derivadas de las fracciones II y XVI del artículo 121 de la Ley del Trabajo, desentendiéndose de la obligación de entrar al estudio y resolución de las excepciones opuestas.
Precedentes
Amparo directo 1339/57. Jorge López Espinosa. 20 de enero de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Díaz Infante.