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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277685
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen VII, Quinta Parte; Pág. 168
TRABAJADORES DEL ESTADO, PRESCRIPCION DE LAS ACCIONES DE LOS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen VII, Quinta Parte; Pág. 168
Es el nombramiento y no un acuerdo el que puede determinar la situación administrativa de un empleado público dentro de cualquier dependencia oficial; por tanto, el acuerdo designando a un tercero para que ocupe el puesto de un empleado, es un trámite administrativo que no puede perjudicar a éste, ya que en rigor se le afectan sus derechos hasta que se le deja prácticamente sin plaza, al otorgar la que le correspondía, a dicho tercero, y es a partir desde entonces cuando empieza a correr en su contra el plazo para la prescripción de la acción correspondiente.
Precedentes
Amparo directo 6812/55. Secretario de Educación Pública. 29 de enero de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Gilberto Valenzuela. Ponente: Luis Díaz Infante.