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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277689
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen VII, Quinta Parte; Pág. 174
VIATICOS. NO FORMAN PARTE DEL SALARIO (INDEMNIZACIONES).
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen VII, Quinta Parte; Pág. 174
Los gastos de viaje o viáticos no forman parte del salario, esto es, de lo que se da al trabajador en compensación de sus servicios; los viáticos, o sea la ministración de dinero para gastos de viaje, constituyen una erogación que se ven obligados a hacer los patrones cuando los trabajadores a su servicio tienen que salir fuera de su residencia a desarrollar sus labores, pero no son una compensación por el servicio prestado, por lo que es indebido, al computar el salario y calcular indemnizaciones, tomar en cuenta los gastos de viajes.
Precedentes
Amparo directo 1747/57. Ferrocarriles Nacionales de México. 8 de enero de 1958. Cinco votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.