Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/277705
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277705
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen V, Quinta Parte; Pág. 23
AYUDANTES DEL TRABAJADOR.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen V, Quinta Parte; Pág. 23
De que un obrero tenga personas que lo ayuden en sus labores, no puede afirmarse que la labor que desempeña no constituya un contrato personal, ya que en muchas ocasiones se necesita la ayuda de esa persona para llevar al cabo el trabajo, sin que por esto desaparezca la responsabilidad del mismo obrero en lo tocante a ese trabajo.
Precedentes
Amparo directo 3179/57. José Reyna Soto. 21 de noviembre de 1957. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Mario G. Rebolledo F. La publicación no menciona el nombre del ponente. Engrose: Gilberto Valenzuela.