Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/277713
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277713
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen V, Quinta Parte; Pág. 40
CONTRATO DE TRABAJO, TERMINACION UNILATERAL DEL. ESTIPULACIONES NULAS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen V, Quinta Parte; Pág. 40
Aun cuando en un contrato de trabajo se estipule que se dará por concluido a voluntad de cualquiera de las partes, si la terminación se contrae a la extinción misma de todos los derechos del trabajador y el acto es llevado a cabo unilateralmente por el patrón, sin consentimiento de aquél, evidentemente que esta cláusula es nula de pleno derecho y no puede obligar a la parte obrera, porque constituye renuncia del trabajador respecto de los derechos y prerrogativas otorgados por la ley, destacándose el de que el trabajador no puede ser separado de su trabajo sino por justa causa, y no siéndolo la pactada en el contrato, la terminación unilateral ya dicha constituye intrínsecamente un despido injustificado.
Precedentes
Amparo directo 4168/57. Banco Nacional Hipotecario Urbano y de Obras Públicas,
S. A. 8 de noviembre de 1957. Cinco votos. Ponente: Agapito Pozo