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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277738
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen V, Quinta Parte; Pág. 69
REINSTALACION, CONFORMIDAD DEL DEMANDADO, CON LA ACCION DE. LAUDOS INCONGRUENTES.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen V, Quinta Parte; Pág. 69
Si al plantear una cuestión laboral se ejercita la acción de reinstalación y la de pago de salarios caídos, y el demandado se conforma con la primera, ofreciendo reinstalar de inmediato al actor, la cuestión queda reducida a analizar si el despido fue justificado, o no, para el efecto de resolver sobre los salarios dejados de percibir por el demandante durante el tiempo que estuvo fuera del servicio; por lo que la Junta no podrá ya ocuparse en su laudo de la cuestión de reinstalación, ni absolver de ella al demandado, por haber quedado fuera de la litis, y si lo hace, procede incongruentemente con las pretensiones de las partes, lo que implica la violación del artículo 551 de la Ley del Trabajo.
Precedentes
Amparo directo 2694/56. Adrián Urgier López. 4 de noviembre de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.