Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/277744
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277744
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen V, Quinta Parte; Pág. 95
TRABAJADORES DEL ESTADO. FALTAS DE ASISTENCIA EN CASO DE FORMAL PRISION.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen V, Quinta Parte; Pág. 95
No puede estimarse justificado el cese que se funde en la falta de asistencia del empleado a sus labores, por más de tres días, si acredita que estuvo en la imposibilidad material de asistir a su trabajo por estar formalmente preso, sin prejuzgar si en último extremo estas circunstancias determinan la suspensión de los efectos del nombramiento o bien el cese del empleado.
Precedentes
Amparo directo 2184/56. Secretario de Recursos Hidráulicos. 28 de noviembre de 1957. Cinco votos. Ponente: Agapito Pozo.