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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277764
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen IV, Quinta Parte; Pág. 54
LAUDOS CONTRADICTORIOS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen IV, Quinta Parte; Pág. 54
Un laudo es contradictorio en sí mismo, e infringe el artículo 551 del código laboral, si por una parte estima que el actor ha incurrido en falta de probidad y por otra condena a la demandada al pago de los salarios correspondientes al lapso que se pactó como duración del contrato, olvidando al resolver en esos términos que si el actor había dado causa que justificara la rescisión del contrato, ésta no producía ninguna responsabilidad para el patrón, quien, por tanto, no quedaba obligado a pagar ningunos salarios.
Precedentes
Amparo directo 4813/56. Guillermo Polidoro. 24 de octubre de 1957. Cinco votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.