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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277772
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen IV, Quinta Parte; Pág. 108
TRABAJADORES PETROLEROS, LICENCIAS A LOS (DERECHOS DE LOS SUSTITUTOS).
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen IV, Quinta Parte; Pág. 108
La estipulación contractual que establece a cargo de Petróleos Mexicanos la obligación de conceder a sus trabajadores permisos renunciables, sin goce de sueldo, con interrupción de la antigüedad y sin derecho a ninguna prestación, hasta por 365 días, para el arreglo de asuntos particulares, no impide a la empresa prorrogar ese término, haciendo más amplio y benéfico el contrato en favor del trabajador, porque no existe ninguna disposición legal que se lo prohiba, ni genera derecho a favor del trabajador sustituto, para adquirir la titularidad del puesto desempeñado por aquel a quien sustituya.
Precedentes
Amparo directo 6381/56. Petróleos Mexicanos. 9 de octubre de 1957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Luis Díaz Infante.