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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277773
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen IV, Quinta Parte; Pág. 111
TRABAJADORES PETROLEROS (RELEVOS DE VIGILANTES).
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen IV, Quinta Parte; Pág. 111
Si no se acredita con los tabuladores que contienen las diversas y numerosas categorías que forman el personal de Petróleos Mexicanos, que exista la de "relevos de vigilantes", carece de fundamento la reclamación de quienes intenten que se les otorgue con carácter permanente dicha plaza, la cual, por lo demás, es lógicamente imposible que exista, porque si la labor de quienes sustituyen a los vigilantes está condicionada a la eventualidad de que alguno de ellos deje de asistir al trabajo, es indudable que el contrato celebrado con quien lo sustituya necesariamente ha de ser de naturaleza eventual y transitoria, lo que choca con la pretensión de que se atribuya carácter permanente o de planta a quien se encomiende la sustitución.
Precedentes
Amparo directo 7108/56. Jesús Medina y coagraviados. 24 de octubre de 1957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.