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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277776
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen IV, Quinta Parte; Pág. 114
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO. DERECHO DE ASOCIACION DE SUS TRABAJADORES.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen IV, Quinta Parte; Pág. 114
La Ley Orgánica de la Universidad Nacional Autónoma de México establece que en ningún caso los derechos de su personal serán inferiores a los que concede la Ley Federal del Trabajo, y como tanto este ordenamiento como la Constitución reconocen el derecho de asociación profesional, resulta que la limitación que impone el artículo 237 de la Ley Federal del Trabajo no puede extenderse a los trabajadores que prestan sus servicios a la mencionada universidad, pues los reglamentos especiales a que se encuentran sujetos no pueden privarlos de ese derecho.
Precedentes
Amparo directo 2889/57. Universidad Nacional Autónoma de México. 14 de octubre de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Mario G. Rebolledo. Ponente: Gilberto Valenzuela.