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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277783
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen III, Quinta Parte; Pág. 31
CLAUSURA DE NEGOCIACIONES, POR INCOSTEABILIDAD.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen III, Quinta Parte; Pág. 31
El hecho de que el patrón haya desalojado el local donde se encontraba instalado el negocio antes de que se autorizara el cierre definitivo del mismo, no puede constituir un argumento eficaz para combatir la legalidad de la resolución que decretó la clausura definitiva, si ésta se basa en que se acreditó la incosteabilidad del negocio, en los términos del dictamen emitido por los peritos.
Precedentes
Amparo directo 6199/55. Sindicato de Empleados y Obreros de Oficios Varios "Progreso", Croc. 2 de septiembre de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Díaz Infante. Ponente: Gilberto Valenzuela.