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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277796
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen III, Quinta Parte; Pág. 67
HORAS EXTRAORDINARIAS, PRUEBA DE LAS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen III, Quinta Parte; Pág. 67
Si la demandada en juicio laboral, al producir su contestación dice haber pagado siempre a la actora los salarios correspondientes al tiempo extraordinario, con esta sola contestación no queda probado que la actora trabajara todo el tiempo extraordinario señalado en su demanda y, por lo mismo, no puede condenarse al pago de esta prestación.
Precedentes
Amparo directo 4832/56. Margarita Perea de Navarro. 26 de septiembre de 1957. Cinco votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.