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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277802
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen III, Quinta Parte; Pág. 73
RENUNCIA DEL TRABAJADOR. PRUEBA DE SU FALSEDAD.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen III, Quinta Parte; Pág. 73
Si el patrón demandado por quien se dice despedido presenta como prueba un escrito en que el trabajador renuncia a seguir prestándole servicios, y el segundo objeta el documento manifestando que fue alterado, pero reconoce la autenticidad de su firma, corresponde a él y no al patrón demostrar la alteración, y si no lo hace, el laudo que absuelve por considerar probada la renuncia, está arreglado a derecho.
Precedentes
Amparo directo 1650/57. César Balestra Campuzano. 18 de septiembre de 1957. Cinco votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.