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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277818
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen III, Quinta Parte; Pág. 124
TRABAJADORES DEL ESTADO, DE BASE (SUPERVISORES).
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen III, Quinta Parte; Pág. 124
Es verdad que el artículo 4o. del estatuto establece en el último párrafo del inciso b), fracción II, que son trabajadores de confianza "los supervisores de obras del Departamento del Distrito Federal"; pero si del nombramiento exhibido aparece que un trabajador tiene carácter de "supervisor", únicamente, adscrito a determinada dirección, pero no de "supervisor de obras", que es la clasificación precisa que el estatuto toma en cuenta, es correcta la conclusión que considera al empleado de que se trata, como de base.
Precedentes
Amparo directo 6559/56. Jefe del Departamento del Distrito Federal. 4 de septiembre de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.