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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277836
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen II, Quinta Parte; Pág. 37
DEMANDA, ALLANAMIENTO A LA.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen II, Quinta Parte; Pág. 37
Si al contestar la demanda la empresa demandada manifestó estar dispuesta a seguir cumpliendo el contrato colectivo obligatorio en determinado aspecto, tal manifestación no puede considerarse como un allanamiento a la demanda o admisión de las pretensiones de los trabajadores, si la citada empresa demandada dijo estar dispuesta a seguir cumpliendo el contrato, pero en los términos de éste y no como lo pretendía la parte actora.
Precedentes
Amparo directo 3151/56. Porfirio Sánchez y coagraviados. 8 de agosto de 1957. Cinco votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.