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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277847
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen II, Quinta Parte; Pág. 54
INDEMNIZACION POR MUERTE DEL TRABAJADOR, DEDUCCIONES A LA.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen II, Quinta Parte; Pág. 54
Acreditado que al ingresar un trabajador a una empresa se hizo un convenio en el sentido de que tal trabajador padecía una enfermedad profesional en determinado porcentaje y que la empresa sólo respondería de la agravación que rebasara tal porcentaje, si el trabajador muere a consecuencia de dicha enfermedad, de la indemnización respectiva debe descontársele la cantidad correspondiente al porcentaje pactado.
Precedentes
Amparo directo 1237/56. "San Francisco Mines of México", Ltd. 5 de agosto de 1957. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.