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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277854
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen II, Quinta Parte; Pág. 61
PRESCRIPCION.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen II, Quinta Parte; Pág. 61
Si el trabajador pretende que para la fecha en que el patrón rescindió el contrato de trabajo ya había prescrito su derecho a hacerlo, debe probar que entre el día en que tuvo conocimiento de los hechos que motivaron el despido y la fecha de éste, transcurrió el tiempo que la ley señala para la prescripción.
Precedentes
Amparo directo 4245/56. Ferrocarriles Nacionales de México. 26 de agosto de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.