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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277870
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen II, Quinta Parte; Pág. 70
TRABAJADORES DEL ESTADO, ABANDONO DE EMPLEO POR LOS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen II, Quinta Parte; Pág. 70
No existe abandono de empleo por parte de un trabajador si no ha tomado posesión de él. La expresión "estar en posesión del cargo" se ha considerado siempre como equivalente a la de estar en el desempeño de las funciones propias de un empleo determinado, con el goce de los derechos inherentes al mismo; y es evidente que si antes de ocupar un puesto de confianza, el trabajador tenía la posesión de un empleo de base, perdió tal posesión al ascender al empleo de confianza, sin que para pensar lo contrario obste la disposición del artículo 41, fracción I, inciso g) del Estatuto de los Trabajadores al Servicio de los Poderes de la Unión, en el sentido de que el ascenso de un trabajador de base a un puesto de confianza suspende los derechos y prerrogativas que conforme a la misma ley tenga el trabajador, porque una cosa es que en beneficio de los trabajadores la ley ordene que en tales casos las relaciones entre aquéllos y el titular queden en suspenso y no extinguidas, y otra es que deba considerarse que mientras ocupa el puesto de confianza el trabajador sigue en posesión del de base.
Precedentes
Amparo directo 5152/55. Secretario de Hacienda y Crédito Público. 8 de agosto de 1957. Cinco votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.