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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 277893
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen I, Quinta Parte; Pág. 55
INDEMNIZACION POR RIESGO PROFESIONAL, SALARIO BASE PARA EL CALCULO DE LA.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen I, Quinta Parte; Pág. 55
Si la demandada manifestó, al contestar la demanda, que el salario del trabajador fallecido con motivo de un riesgo profesional ascendía a cierta suma, pero con las pruebas de inspección en listas de raya, nóminas y tabuladores, propuestas por ambas partes, se demuestra que era menor, debe estimarse que la manifestación de la demandada entraña un error y la condena de la Junta basada en las sumas que realmente se le cubrían no es violatoria de garantías en perjuicio de los beneficiarios reclamantes.
Precedentes
Amparo directo 3272/56. Guadalupe Pérez viuda de Morales. 22 de julio de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.