Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/278023
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278023
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 346
EMPLEADOS FEDERALES, DELITOS COMETIDOS POR. COMPETENCIA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 346
Si tanto los acusados como los ofendidos tienen el carácter de empleados federales, ya que todos prestaban sus servicios a una Oficina Federal de Hacienda, por haber ocurrido los hechos relativos dentro del recinto de la propia oficina, en horas ordinarias de labores y mientras todos ellos desempeñaban sus funciones, es inconcuso que los hechos delictuosos deben considerarse del orden federal, y por lo consiguiente, quien debe conocer de los mismos, es el juez federal, en términos de los incisos f) y g) de la fracción I del artículo 41 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Precedentes
Competencia 5/55. Juan Fierro y coacusado. 9 de mayo de 1956. Mayoría de dieciocho votos. Disidente: Hilario Medina. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.