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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278055
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 885
FEDERACION, SOCIEDADES ANONIMAS QUE SIGUEN FUNCIONANDO CONO TALES, AUNQUE LAS ACCIONES CONSTITUTIVAS DE SU CAPITAL SEAN ADQUIRIDAS POR LA. DELITOS. COMPETENCIA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 885
Si una compañía sigue funcionando como sociedad anónima, aunque las acciones constitutivas de su capital hayan sido adquiridas por el Gobierno Federal, resulta que dicha empresa continúa siendo una persona en términos de la fracción III del artículo 25 del Código Civil del Distrito Federal, como supletorio del Código de Comercio y de la Ley General de Sociedades Mercantiles, en su carácter de ley federal, teniendo por consiguiente un patrimonio propio, distinto del que pertenece a la nación, considerada también como persona moral, en la fracción I del referido artículo 25 del Código Civil. Consecuentemente, el delito que se cometa en bienes de dicha compañía, no afecta el patrimonio de la Federación y por tanto no puede ser considerado como delito federal. Por no quedar comprendido en ninguno de los incisos de la fracción I del artículo 41 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en la que se señalan de manera limitativa los delitos del orden federal, y en el que aparecen con ese carácter marcados con la letra e), aquellos en que la Federación sea sujeto pasivo; en esa virtud, son las autoridades del fuero común, quienes deben conocer de los hechos delictuosos cometidos en bienes de las sociedades mencionadas.
Precedentes
Competencia 31/55. Manuel Uscanga Olmos. 13 de marzo de 1956. Mayoría de trece votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva. Disidentes: Octavio Mendoza González y José Rivera Pérez Campos.