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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278089
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 605
AMPARO, JUICIO DE. COMPETENCIA PARA RESOLVER UNA COMPETENCIA ENTRE JUECES DE DISTRITO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 605
Si surgió una cuestión competencial entre un Juez de Distrito del Distrito Federal en Materia Administrativa y uno de Distrito del Distrito Federal en Materia Penal, por el conocimiento de un juicio de amparo, antes del día 30 de diciembre de mil novecientos cincuenta, fecha en que por decreto del Ejecutivo Federal fue reformado el artículo 52 de la Ley Orgánica de los artículos 103 y 107 de la Constitución General de la República, no puede tener aplicación el texto que se reformó, sino el reformado, dado que las cuestiones de competencia son de orden público y de interés general, por lo cual deben ajustarse las resoluciones de las mismas, a las disposiciones legales vigentes en el momento en que debe dictarse el fallo relativo; por lo tanto, la Suprema Corte carece por el momento de competencia para resolver el conflicto jurisdiccional surgido entre los aludidos Jueces de Distrito, para conocer del juicio de amparo relativo y, por consiguiente, será el Tribunal Colegiado correspondiente, quien de resolución al conflicto en cuestión.
Precedentes
Competencia 4/46. Suscitada entre los Jueces Segundo de Distrito del Distrito Federal en Materia Administrativa y Primero de Distrito en Materia Penal del Distrito Federal. 29 de noviembre de 1955. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: Luis Chico Goerne.