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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278111
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 556
COMPETENCIA EN MATERIA DE TRABAJO (EMPRESAS QUE OPERAN EN VARIOS ESTADOS).
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 556
La fracción V del artículo 359 de la Ley Federal del Trabajo, que establece que por razón de la materia corresponde a la Junta Federal el conocimiento de los conflictos que se refieran: "V. A industrias de jurisdicción federal o local, cuando el conflicto a dos o más entidades federativas", no es aplicable al caso en que la empresa demandada opere en dos entidades federativas, pues no es esto lo que la ley prevé sino que el conflicto afecte a dos o más de esas entidades; de manera que aunque la empresa tenga dependencias en varios estados, si el conflicto se circunscribe a uno de ellos, no es de la jurisdicción federal.
Precedentes
Competencia 5/49. Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de México Grupo Especial Número Uno, y la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, Grupo Especial Número Tres. 19 de julio de 1955. Unanimidad de dieciséis votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.