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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278135
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 1231
HULE, COMPETENCIA PARA CONOCER DE LOS CONFLICTOS DE TRABAJO DE LA INDUSTRIA DEL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 1231
En la fracción XXXI del artículo 123 de la Constitución General de la República se determina que la aplicación de las leyes del trabajo corresponde a las autoridades de los Estados, en sus respectivas jurisdicciones, pero que es de la competencia exclusiva de las autoridades federales, en asuntos relativos a las industrias que en la misma fracción se enumeran de manera limitativa, y entre las que figura la hulera, es decir, la que se dedica a la elaboración de hule o a la fabricación de objetos empleando como materia prima ese producto. Ahora bien, la circunstancia de que las labores que tenía encomendadas el trabajador no se relacionaran directamente con la fabricación de objetos de hule, no puede dar jurisdicción a la autoridad local del trabajo para conocer de la reclamación presentada por dicho trabajador en contra de la compañía hulera, pues no sería jurídico, ni lógico, ni práctico tampoco, que sólo los obreros que manipulan la materia prima constituida por hule quedan afectos a la jurisdicción laboral de carácter federal, y otros trabajadores al servicio de la misma empresa se sujetan a las autoridades del trabajo de carácter local, para la resolución de los casos que los afectan.
Precedentes
Competencia 2/55. Suscitada entre la Junta Municipal Permanente de Conciliación de Tampico, Tamaulipas. y la Junta Federal de Conciliación Número Diez del mismo lugar. 9 de agosto de 1955. Unanimidad de dieciocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen XLVII, Primera Parte, página 39, tesis de rubro "INDUSTRIA HULERA. COMPETENCIA LABORAL.".