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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278158
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 95
CINEMATOGRAFOS, COMPETENCIA PARA CONOCER DE LOS CONFLICTOS DE LOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 95
Los salones o teatros de propiedad particular en que se exhiben películas cinematográficas, no pueden ser considerados como integrantes de la industria respectiva, que sólo comprende a las empresas productoras de tales películas. Por tanto, los conflictos surgidos entre aquellas negociaciones y sus obreros o empleados, deben ser conocidos por las autoridades del trabajo de carácter local, y no por las federales del mismo ramo, conforme a la regla general contenida en la fracción XXXI del artículo 123 de la Constitución General de la República.
Precedentes
Competencia 75/47. Avila Rivera Gabriel y otro. Suscitada entre el Grupo Especial Número Once de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje y el Grupo Especial Número Tres de la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal. 12 de abril de 1955. Unanimidad de quince votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.