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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 278182
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 365
ACCIONES PERSONALES, JUEZ COMPETENTE PARA CONOCER DE LAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 365
Si las acciones de nulidad ejercitadas son personales, porque la simulación se ha ejercitado en lo personal, contra el simulador, y la lesión sólo se ha opuesto en lo personal, contra quien ha lesionado los intereses de otro, debe atenderse a las disposiciones de los Códigos Procesales de los Estados en que radican los jueces que compiten, que establecen que tratándose de acciones personales, es juez competente el del domicilio del demandado.
Precedentes
Competencia 35/54. Suscitada entre el Juez de Primera Instancia de San Francisco del Rincón, Guanajuato, y el Juez de Primera Instancia de Lagos de Moreno, Jalisco. 19 de octubre de 1954. Mayoría de quince votos. Disidente: Genaro Ruiz de Chávez. La publicación no menciona el nombre del ponente.